este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: UNICO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 numerales 3º, y 4º y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LEONARDO ANTONIO VERA VERA, consistente en la obligación de: 1) Presentación periódica una vez cada ocho (08) días por ante este Tribunal. 2) Presentación de dos (02) fiadores, con residencia en esta jurisdicción, de reconocida buena conducta, responsables y con capacidad económica, quienes presentaran al Tribunal los siguientes recaudos: a) Constancias de trabajo o de ingresos, con su respectivo balance personal visada por el Colegio de Contadores, con sueldo no inferior a treinta (30) Unidades Tributarias cada uno, b) Constancia de domicilio o .....