Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el RECURSO DE INVALIDACIÓN, interpuesto por la ciudadana ARLI DEL VALLE CONTRERAS LABRADOR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.787.267, domiciliada en el Municipio Seboruco, estado Táchira, asistida por el abogado HENRY VARELA BETANCOURT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.164, y por el abogado LIONELL NICOLAS CASTILLO NOGUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.792, actuando en representación del ciudadano VLADIMIR ORLANDO CONTRERAS LABRADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.740.168; en el Procedimiento de Intimación incoado en su contra por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO ESTRADA AGUILERA, venezolano, mayor de edad y titular de .....