Se admite recurso de apelacion contra la decisión dictada el 03 de agosto de 2005 por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 5, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega material al mencionado ciudadano del vehículo placas: MBB-13C, marca: JEEP, serial de carrocería: 8Y4FJ68VCW1717145, modelo: CHEROKE, tipo: SPORT-WAGON, color: gris, año: 1998, de conformidad con lo previsto en los artículos 4, 5, 6, 282 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela