DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 26 de marzo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la precitada decisión.
TERCERO: SE CONFIRMA la decisión apelada.
CUARTO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ALEXIS LEONARDO AZUAJE HERNÁNDEZ en contra de la sociedad mercantil GRUPO DE MERCADEO INTEGRAL C.A., por cobro de prestaciones sociales, en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor la cantidad de VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVA.....