PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los ciudadano: YOBANA ARBOLEDA ROSADO, titular de la cedula de ciudadanía N° 52.855.671, de nacionalidad Colombiana, con fecha de nacimiento 16-02-1977, de (33) años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Peluquera, natural de Buena Aventura Valle, Republica de Colombia, residenciada en Pedraza ciudad Bolívar, Estado Barinas, Barrio José Gregorio, calle 2, cerca de la manga de coleo a tres cuadras y media, casa color rosada y rejas negras, numero de teléfono 0273-4146605 y 0424-5079967 , hija de Luz Dari Rosado (V) y de Luis Antonio Arboleda (V); en la presunta comisión del delito de USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en los artículos 47 de la Ley Orgánica de Identificación, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgá.....