IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en fecha 16 de febrero de 2012, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 09 de febrero de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
TERCERO: Se declara LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN y en consecuencia SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JUAN CARLOS RAMÍREZ contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos.
CUARTO: NO HAY CONDENA EN COSTAS de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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