Por todas las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud interpuesta por escrito corriente al folio 353 de la Segunda Pieza del presente Expediente, por la Abogado YUMMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo los números 53.221, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana ELBA DEL CARMEN RODRÍGUEZ de NAVARRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.484.590, ratificada en escritos corrientes a los folios 369 al 372 de la Segunda Pieza del presente Expediente, y en escrito de fecha 25 de Abril del 2007, corriente al folio 110 del Cuaderno de Medidas.
SEGUNDO: SIN LUGAR el pedimento realizado por el Abogado JOSÉ ELIAS DURÁ.....