Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, realizado por el abogado Braulio Cesar Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.640, actuando en su propio nombre y representación, como acreedor intimante de honorarios profesionales, otorgándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.