DECLARA: 1º: DESISTIDO el procedimiento interpuesto por los ciudadano Pablo Nicacio Ramírez Noguera y Pablo Rafael Ramírez Salazar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.852.086 y 12.890.819, en contra de la sociedad mercantil Constructora 959, C. A., por cobro de prestaciones sociales, de conformidad con el contenido del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.