Es por todo lo antes expuesto, que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la solicitud del Defensor Privado abogado JOSE LUIS TORRES SANCHEZ, en la que piden que se le sustituya la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en contra del imputado JHON ALEJANDRO VILLASMIL ROJAS, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, Republica de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía N° 13.278.305, de 25 años de edad, nacido en fecha 10-03-1985, hijo de Ana Rojas (v) y Luis Alfonso Villasmil (v) de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, y residenciado en la Concordia, calle 7ma, casa N° 7-100, cuesta del Ince, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sanc.....