En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: DECLARA CON LUGAR LA solicitud de cese de la medida de seguridad y protección prevista en el numeral 5° del articulo 87 de la Ley Orgánica Especial, cambio de medida por una menos gravosa, RATIFICANDO las demás dictadas en audiencia de presentación de imputado. NOTIFIQUESE. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.