IV
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: La reposición de la causa al estado de fijar fecha y hora para la celebración de la audiencia inicial de juicio, anulándose todo lo actuado desde el auto de fijación de la audiencia inicial de fecha 23.3.2011 hasta el 9.5.2011.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los 6 días del mes de octubre del 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
El juez
Abg. Miguel Ángel Colmenares Ch. La secretaria judicial
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