En consecuencia, el dispositivo PRIMERO y CUARTO, son como sigue:
"PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante abogado FRAN REINALDO ROSALES ZAMBRANO, el 10 de febrero de 2014, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 28 de enero de 2014, con asiento diario N° 41.
CUARTO: Se condena en condena en costas a la parte demandante y apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil".
Aclaratoria que se hace de conformidad con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, y téngase como formando parte de la decisión de fecha 28 de mayo de 2018, con asiento diario N° 41.