En consecuencia este Juzgado de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud hecha suscrito por las Abogadas en ejercicio BELKIS CENOBIA CARRERO GONZÁLEZ y DALIA YALEITZA CARRERO GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de identidad Nº V-9.229.771 y V-13.147.409 en su orden, inscritas en el Inpreabogado bajo los Números 31.112 y 83.106 respectivamente, actuando en nombre y representación de los Ciudadanos DELCI MARIELA RUBIO PEÑALOZA y JOHN ALFONSO MÁRQUEZ DÁVILA, venezolanos, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de identidad Nº V-15.151.236 y V-11.495.589 en su orden, mediante solicita la Reposición de la causa, corriente a los folios 48 al 50 de del Cuaderno de Medidas del presente Expediente.
SEGUNDO: En consecuencia se REPONE l.....