DECLARA CON LUGAR, el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos JOSE DE JESUS MOLINA ALVIAREZ y MARY ISABEL MENDEZ CALU, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.364.433 y V-12.760.014 en su orden, con domicilio en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, conforme a los lineamientos dictados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de junio de 2015.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante Acta de Matrimonio Nro. 09, suscrita ante Primera Autoridad Civil del Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, en fecha once (11) de febrero del año mil novecientos noventa y cinco (1995).