PRIMERO: Se Fija la cuota ordinaria por concepto de  Obligación de Manutención en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES, ( Bs.300,oo)  mensuales  y  para los meses de Septiembre y Diciembre, por temporadas escolares y decembrinas, los gastos serán compartidos en un 50% por cada uno de los progenitores.
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada  mes  en  la  Cuenta  de  Ahorros  que  a  tal  efecto sé encuentra aperturaza en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la ciudadana, ROSALES LORNA DEL CARMEN, madre de la adolescente ya identificada.