-IV-
PARTE DISPOSITIVA
Por la motivación antes expuesta este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1°: Su incompetencia para el conocimiento de la acción interpuesta por el ciudadano Gustavo Alberto Cañizález Dávila, identificado con la cédula de identidad n. ° V- 8.013.056, contra la empresa Desarrollo Uribante Caparo C. A., [DESURCA]. 2°: Plantea un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región de los Andes y este Tribunal para el conocimiento de la referida acción. 3°: Se ordena la remisión inmediata del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a la cual con el debido respeto, se le solicita de oficio la regulación de competencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tr.....