PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos LESMES RAMON DELGADO CHACON, ZONIA JOSEFINA DELGADO CHACON, LUIS RODULFO DELGADO CHACON y MARCOS AURELIO DELGADO CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.996.551, V-4.630.548, V-5.656.447 y V-5.687.290 en contra los ciudadanos ENRIQUE SANTOS DELGADO CHACON, PABLO ALEXANDER DELGADO CHACON, ELBA CONSOLACION DELGADO CHACON y PEDRO JOSE DELGADO CHACON por PARTICION DE HERENCIA.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.