III
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la ley, declara:
UNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa número PA-US/T/035-2015 y de la planilla de liquidación de multa número 2015-15-0036, ambas de fecha 30 de julio de 2015, contenidas en el expediente administrativo número US-T-017-2012, llevado por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure del Instituto Nacional del Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
Publíquese y regístrese. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Pr.....