Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el ofrecimiento de Obligación de Manutención formulada por el Ciudadano: JOSE ALEXANDER HERRERA DIAZ, en contra de la ciudadana: LUZ FRANCELINA CAÑIZALES MEDINA, en beneficio de su hijo (SE OMITE SU NOMBRE).
SEGUNDO: Este Tribunal fija la Obligación de Manutención, en la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1000,oo) mensuales, y cuotas especiales y extras durante los meses de agosto y diciembre de cada año en la cantidad de UN MIL BOLÍVARES CADA UNA (Bs 1000,oo C/U); en relación a los gastos médicos y de medicinas, los mismos serán cancelados en partes iguales por ambos padres, en relación a los montos fijados en la presente sentencia esta jueza ordena que se abra cuenta de ahorros en la entidad bancaria Bicent.....