Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: ESTE TRIBUNAL SE DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la presente acción judicial de Recurso por Vía de Hecho.
SEGUNDO: ESTE TRIBUNAL DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Vía de Hecho interpuesto por el ciudadano Adrián Enrique Sanguino Murillo, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.157.562, asistido por la abogada Belkys Josefina Rodríguez Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V-9.270.214, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 310.599, contra la Resolución N° 006-2022, y subsiguiente Resolución N° 011-2022, de fecha 9 de septiembre de 2022 y 31 de octubre de 2022, sustanciado por la División de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, estado Táchira.