Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La incompetencia para conocer de la presente demanda intentada por el ciudadano JOSÉ ROSO CONTRERAS ARENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.361.959, contra El INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA DEL ESTADO TÁCHIRA en la persona del Comisario Jefe CARLOS OMAR COLMENARES, por COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente acción al Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y se ordena remitir el presente expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la.....