Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se levantar la medida de embargo preventivo, decretada por este Tribunal en fecha veinte (20) de agosto de 2021. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar se da por terminado el presente juicio ordena el archivo del expediente.