PRIMERO: Se DECRETA la INTERDICCION DEFINITIVA de JOSÉ NATHANAEL COLMENARES BARROZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.256.592. En consecuencia, queda CONFIRMADA en todos sus términos la sentencia dictada el 2 de junio de 2.015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se ORDENA registrar la presente sentencia una vez quede firme, conforme a lo dispuesto en el artículo 414 del Código Civil, agregándose copia al expediente.
TERCERO: Se ORDENA la publicación en un diario de mayor circulación de esta ciudad de San Cristóbal, de un extracto de la presente sentencia de conformidad con el artículo 507 del Código Civil una vez quede firme, y consignar un ejemplar en el expediente.
CUARTO: Se ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, notificar al Consejo Nacional Elect.....