PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante escrito de fecha 24 de abril de 2007.
SEGUNDO: REVOCA la decisión de fecha 21 de marzo de 2007 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: ORDENA al Tribunal de la causa dictar nueva sentencia que resuelva el fondo de la oposición planteada por la parte demandada en fecha 28 de febrero de 2007.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.