DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, en su carácter de defensora del imputado Julio Enrique Rodríguez González.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 14 de diciembre de 2012, por el abogada Peggy Pacheco de Araque, en su condición de Jueza del Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso las medidas de protección y seguridad señaladas en los numerales 3 y 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra del ciudadano Julio Enrique Rodríguez González, a quien se le imputa la comisión del delito de Violencia Psicológica, previst.....