Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma TRES MILLONES TRECIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS (COP 3.300.000,00) que queda a deber al demandante, a saber de la siguiente forma:
La cantidad de SETECIENTOS SESENTA MIL PESOS COLOMBIANOS (COP. 760.000,00) los cuales fueron cancelados en efectivo en este acto y la deferencia en tres pagos de la siguiente manera: PRIMERO: la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS COLOMBIANOS (COP 840.000,00) el día 13/10/2023, SEGUNDO la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS COLOMBIANOS (COP 850.000,00) el día 24/10/2023; y TERCERO: la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS COLOMBIANOS (COP 850.000,00), el día 03/11/2023.
SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, .....