Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos MARIA SUSANA SANCHEZ ZAMBRANO y JACKSON GABRIEL BONILLA venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-14.418.883 y V-13.968.500, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos y que se encuentra extendido en el Acta de Matrimonio N° 05 de fecha 19 de diciembre de 1998, levantada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Quinimarí, Municipio Junín, del Estado Táchira.