Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERECIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana LADY DIANA CARDONA OCHOA, asistida por el abogado en ejercicio RAUL CASTRO ARISMENDI, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 14.686, contra la decisión dictada en fecha 19 de julio de 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró Extinguido el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Especial.