En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARINA GOMEZ DE MONCADA y NELSON ANTONIO MONCADA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, casados titulares de la cedulas de identidad Nros V-1.555.299 y V-3.426.147 en su carácter de Progenitores del causante "NELSON ANTONIO MONCADA GOMEZ", el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
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