Por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Tercera Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar a la Gerencia de Recursos Humanos de PDVSA GAS COMUNAL, ubicada en esta ciudad de San Antonio del Táchira, a los fines levantar las siguientes medidas cautelares: 1) Medida de descuento de la obligación de manutención, decretada por el antes Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Juez Unipersonal N° 01, mediante oficio N° J-1-2579, de fecha 27 de noviembre de 2001. 2) Medida de Retención de Prestaciones Sociales, decretada por el antes Juzgado Segundo de Primera Instancia de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante ofic.....