Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA para continuar conociendo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentada por la ciudadana MARÍA TERESA PÉREZ DE CASTRO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.153.051, y en representación de sus hijas ANGIE CAROLINA CASTRO PEREZ y MAITE ANDREA CASTRO PÉREZ, la primera adolescente y la segunda niña, la primera con cédula de identidad Nro.V-26.493.673, y la segunda con partida de nacimiento Nro.1966, causahabientes del ciudadano OMAR GREGORIO CASTRO GARCÍA, contra la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA C. A., DISTRIBUIDORA SAN CRISTÓBAL, ESTADO TÁCHIRA, en la persona de la Jefe de Recursos Humanos ANDREINA PERN.....