PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de inhabilitación presentada por la ciudadana Gleices Magaly Molina Suárez.
SEGUNDO: DECRETA LA INHABILITACIÓN del ciudadano HÉCTOR OMAR MOLINA SUÁREZ, quien quedará bajo el régimen de curatela a tenor de lo establecido en el artículo 409 del Código Civil, no pudiendo realizar actos aun de simple administración sin la intervención de su curador, para cuyo cargo se nombra a su hermana Gleices Magaly Molina Suárez.
TERCERO: Se deja sin efecto el decreto de interdicción provisional del mencionado ciudadano Héctor Omar Molina Suárez, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 3 de agosto de 2007, así como los efectos derivados del mismo.
CUARTO: Queda ANULADA la decisión consultada, dictada en fecha 15 de febrero de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial d.....