ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano la ciudadana RICARDO ENRIQUE PULIDO BENAVIDES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Bogota, Departamento de Cundinamarca, República de Colombia, nacido en fecha 20 de marzo de 1.968, de 41 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-25.706.033, hijo de José Pulido (f) y de Rosa María Benavides (v), casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la calle 6, Nº 5-96, Barrio La Pesa, Ureña, Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, en la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, por encont.....