TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 8, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE,
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra JUAN CARLOS MORENO ASPRILLA, de nacionalidad colombiana, natural de Calí, República de Colombia, NACIDO EL DIA 31 DE marzo DE 1986, de 20 años de edad, indocumentado, de estado civil soltero, de profesión u oficio metalúrgico, domiciliado en la Concordia, Plaza Venezuela, casa sin numero, San Cristóbal, Estado Táchira; a quien el Ministerio Público le imputa la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria.
2. CONDENAR A JUAN CARLOS MORENO ASPRILLA ya identificado a la PE.....