este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se establece la cuota de la Obligación de manutención por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (BS. 70.000,00) mensuales, los cuales serán depositados los primeros (05) días de cada mes.
SEGUNDO: En el mes de Agosto, el padre y la madre se comprometen a comprar uniformes y útiles escolares, de su hijas de por mitad, es decir 50% y 50% cada uno.
TERCERO: En el mes de Diciembre ambos padres dotaran a sus hijas de sus gastos de por mitad, es decir 50% y 50% cada uno.
CUARTO: En cuan.....