este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: EMILIO JOSE SANTOS LABRADOR y JOSE JAVIER SANTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-15.079.318 y V-13.038.107, en su carácter de Hijos de la causante SARA ELENA SANTOS LABRADOR, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
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