CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos YORGELIS PAOLA LANOY MIRANDA y LUIS EMILIO ROA ALBA, venezolana y colombiano, mayores de edad, con cedulas de ciudadanía Nros: V- 26.730.197 y C.C 3.167.506, en su respectivo orden, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, en fecha Once (11) de Octubre del año 2021, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 083 del año 2021. Liquídese la sociedad conyugal existente.