Visto el desistimiento al procedimiento presentado en fecha 29 de abril del presente año, por la abogada en ejercicio EVELYN DEL VALLE ROJO VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 12.253.460 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.778, actuando con el carácter de Presidenta de la parte demandante, Sociedad Mercantil SOLUCIONES INMOBILIARIAS C.A; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminada la causa, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.