En mérito de las precedentes consideraciones este Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA OPOSICIÓN A LA ADMISIÓN DEL MEDIO PROBATORIO POSICIONES JURADAS, promovido por la Ciudadana BLANCA MYRIAM RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.157.809, de este domicilio asistida por el Abogado en ejercicio PABLO ENRIQUE RUIZ MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.270, mediante escrito de fecha 15 de Febrero del presente año; oposición realizada por el Abogado ISRAEL EDUARDO LÓPEZ, venezolano, mayor edad, soltero, Abogado, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.025.140, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.303, con domicilio procesal en la Avenida Lucio Oquendo, edificio Villa del Mar, Piso 1, Nº B-5, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, hábil y actuando.....