DECISION
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
Primero: se declara SIN LUGAR la inhibición propuesta por la abogada Belkis Álvarez Araujo, Jueza de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la causa seguida contra el ciudadano José Manuel Rey.
Segundo: se ORDENA que la causa sea pasada nuevamente a la referida Jueza, a los fines de la prosecución del proceso, conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.