DECISIÓN
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo del recurso de apelación interpuesto por la Abogada María Alejandra Suárez, en su condición de Fiscal Trigésima Provisoria del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 04 de febrero de 2016, por la Abogada Nohemy Sepulveda Gómez, en su condición de Jueza Temporal Octava de Primera Instancia en Función de Control, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, declaró con lugar la solicitud de revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad, a los imputados Jean Carlos Corona Cruz y Juan Carlos Monoga Villamizar, por la comisión del delito de Contrabando de Extracción en la modalidad de Desvío, previsto y sancionado en el artículo 57de la Ley Orgánica de Precios Justos.