DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión contenida en acta de fecha 25 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada.
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, remita la causa al Tribunal de Juicio, previo otorgamiento del lapso para la contestación de la demanda.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certi.....