Visto el escrito, presentado por la abogada NORAIDA GARCIA en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino adscrito a la Unidad de Depuración Inmediata de Casos del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial delegado Táchira, mediante el cual solicita la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana LUANA CELESTE CHACON MARTINEZ, por considerar que los hechos objeto del proceso no revisten carácter penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:
En fecha 30-07-2015, recibió la Representación Fiscal, denuncia interpuesta por parte de la ciudadana LUANA CELESTE CHACON MARTINEZ, manifestando entre otras cosas, lo siguiente: "...que la seguían y la miraban sin decirle nada, que todo el tiempo lo hacían ..."
De lo anteriormente expuesto, a criterio de esta Juzgadora la conducta desplegada por el presunto agresor BRIXON RAMIREZ y MANUEL CARDENAS, no se encuentra subsumida den.....