PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SE HOMOLOGA el convenimiento realizado por la ciudadana ANA PRUDENCIA VIVAS DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-1.908.397, en el caserío Caricuena, San José de Bolívar, Municipio Francisco de Miranda del Estado Táchira y civilmente hábil, a través de su apoderado judicial abogado DANIEL FARLEY GONZALEZ POSADAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 308.890, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, interpuesta por los ciu.....