V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, y con fundamento en los artículos 2, 77 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción que por ACCION REIVINDICATORIA incoada por la ciudadana NEIFFER ANTONIETA GARCIA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.700.431, de este domicilio contra la ciudadana EUKARYS VALENTINA MARCANO PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.517.421, de esta domicilio. Por cuanto quedó demostrado que es la legitima propietaria del inmueble el cual se encuentra ubicado en la calle 2 de Guarapiche II, S/N, sector Juanico Oeste, Parroquia San Simón, Municipio Maturín, Estado Mona.....