DISPOSITIVO
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, y conforme a los Artículos 12 y 206 del Código de Procedimiento Civil, y con acatamiento a lo ordenado en los artículos 2, 25, 26, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de que el defensor judicial abogado ERICK JOSE DIAZ FERNANDEZ inscrito en el IPSA bajo el N° 224.906, proceda a dar contestación a la demanda dentro de los cinco (05) días de despacho siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones de las partes. Líbrese Boleta de Notificación.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio Web de Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del .....