S E G U N D A:
Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara: Primero: con lugar la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos EUGENIA MERCEDES FIGUEROA GUERRA y ELVYS EFREN JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.480.637 y V-8.937.150, respectivamente, que contrajeron matrimonio por ante El Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Bolivariano de Nueva Esparta en fecha veintiocho (28) de Diciembre del año 1988, según consta del acta de matrimonio que en copia certificada acompañaron marcada.....