Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada NEYBIS JOSE RAMONCINI RUIZ, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, por cumplir los parámetros legales establecidos en nuestra legislación vigente. SEGUNDO: SE ORDENA remitir mediante oficio el presente cuaderno de Inhibición con el numero N° S2-CMTB-2026-1153, de la nomenclatura interna de esta Juzgado al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, donde reposa la causa principal a los fines que forme parte integral de ella. TERCERO: SE ORDENA remitir copia certific.....