Ahora bien, por todas las razones antes expuestas, y las normas citadas es por lo que este Tribunal, Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA la presente causa de DIVORCIO ORDINARIO, interpuesta por LILIANA JOSEFINA AGUILERA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.809.734, contra JUAN CARLOS LOPEZ BLANCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 19.862.280.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a la fecha arriba indicada.
El Juez Provisorio,
Abg. Gilberto José Cedeño Rivero .....